El contenido sobre el que se realiza la búsqueda ha sido traducido con un sistema informático sin intervención humana. Puede contener errores de vocabulario, sintaxis o gramática. Esta traducción también puede causar errores en las búsquedas realizadas.
Se han encontrado 20 resultados con los descriptores Medio ambiente
Denegación de acceso a una relación de expedientes sancionadores en materia de medio ambiente
IAI 19/2019
No habría inconvenientes para que la persona reclamando accediera a una relación anonimizada de los expedientes sancionadores vinculados a licencias ambientales municipales durante el año 2018, siempre que se garantice que los infractores personas físicas no pueden ser identificados de manera directa o indirecta sin esfuerzos desproporcionados.
28/05/2019
Tratamiento anonimizado en la recogida de residuos
IP 71/2018
La normativa sobre protección de datos no se aplica al tratamiento de datos anonimizados.
02/11/2018
Tratamiento anonimizado en la recogida de residuos
IP 76/2018
La normativa sobre protección de datos no se aplica al tratamiento de datos anonimizados.
02/11/2018
Comunicación de datos entre administraciones locales en relación con el control de animales domésticos
CNS 48/2017
El marco normativo estudiado (Decreto legislativo 2/2008 y Ley 10/1999), habilita la comunicación del nombre y apellidos, y del número de DNI del propietario, así como del número de chip del animal (datos que tienen que figurar tanto en el Registro ANICOM como en los censos municipales de animales de compañía, según el Decreto 328/1998), en el Ayuntamiento del municipio de origen del animal, sin consentimiento del afectado (art. 21, apartados 1 y 4 LOPD).
16/10/2017
Acceso a la información del Registro de aguas sin el consentimiento de las personas afectadas
CNS 36/2016
A los efectos del régimen de comunicación de datos (art. 11 LOPD), el TRLA (art. 15 y art. 80), habilita el derecho de acceso a la información del Registro de aguas, relativa a la inscripción de la titularidad de concesiones de aprovechamiento de aguas, sin el consentimiento de las personas físicas titulares de estos aprovechamientos. En aplicación de los principios de calidad y de finalidad (art. 4 LOPD), hay que facilitar el nombre y apellidos del titular, y la existencia y fecha de extinción de la concesión o aprovechamiento, sin perjuicio que, en atención a los derechos o intereses legítimos del solicitante, y teniendo en cuenta la normativa (Ley 27/2006 y LTC), en determinados casos pueda resultar pertinente la comunicación de información personal complementaria.
15/06/2016
- ÁMBITO SECTORIAL
- Archivos y documentos
- Medio ambiente
- CESIÓN O COMUNICACIÓN DE DATOS
- Administración pública
- Administración autonómica
- CONCEPTO DATO PERSONAL
- Datos identificativos
- ENTIDADES
- Administración pública
- Administración autonómica
- PRINCIPIOS
- Principio finalidad
- Principio calidad
- TRANSPARENCIA
- Derecho acceso información
Comunicación a un ciudadano de determinados documentos que forman parte de un expediente administrativo
CNS 41/2010
Desde la perspectiva de la protección de datos se considera que el acceso a la información ambiental que contiene datos personales se tendrá que ver restringido o limitado, en cualquier caso, cuando implique una afectación para los datos que tengan que requerir confidencialidad o para aquellas en que el ordenamiento jurídico ya establece una reserva especial. Para otorgar el acceso a la documentación previamente habrá que analizar la tipología de los datos incluidos, la finalidad por la cual se tratan, el régimen de protección aplicable, así como ponderar el interés público atendido con su divulgación con el interés atendido con su denegación. Si se desprende que es posible alcanzar la finalidad perseguida con el acceso sin facilitar datos personales habrá que anonimizar la documentación obrando al expediente.
01/01/2010
Comunicación de datos de propietarios de animales de compañía a la Administración competente
CNS 19/2010
El Registro General de Animales de Compañía está constituido por el conjunto de datos de identificación de los censos municipales de animales de compañía en los que sólo se inscribe a gatos, perros y hurones. Previo requerimiento de la Administración, la normativa habilita la comunicación de datos por parte de los veterinarios en lo que respecta a los animales que vacunen o traten con carácter obligatorio. En el caso de que la actividad de un Consejo de Colegios Profesionales se configure como actividad privada, la comunicación de datos por parte del Consejo de administración debe contar con el consentimiento de los afectados o con la correspondiente habilitación legal.
01/01/2010
- ÁMBITO SECTORIAL
- Medio ambiente
- CESIÓN O COMUNICACIÓN DE DATOS
- Administración pública
- Administración autonómica
- Administración corporativa
- Colegios profesionales
- Encargado tratamiento
- ENCARGADO TRATAMIENTO
- ENTIDADES
- Administración pública
- Administración autonómica
- Administración corporativa
- Colegios profesionales
Difusión en la página web de una Administración pública de datos de carácter personal
CNS 10/2008
La difusión de información personal a través de la página web de una Administración, pese a no tener destinatarios concretos, debe entenderse como una comunicación de datos en el sentido del artículo 11 de la LOPD. La normativa vigente en materia de acceso a la información medioambiental podría legitimar el acceso a la información relativa a los profesionales técnicos capacitados de las entidades ambientales de control, a menos que concurran determinadas circunstancias. Por la tipología de los datos objeto de la consulta, no parece requerirse la confidencialidad de los datos, en el contexto de la Ley 27/2006.
01/01/2008
Acceso a datos de un expediente administrativo
CNS 1/2007
Se plantea la obligación por parte de un Ayuntamiento de exhibir ante cualquier persona un expediente administrativo de obras y, en caso afirmativo, qué documentación del expediente se tiene que exhibir ante terceros. Confluyen el derecho a la protección de datos y el derecho de acceso a la documentación medioambiental de las Administraciones públicas. La cesión de datos no requiere el consentimiento del afectado porque una norma con rango de ley legitima el acceso de toda persona a la información relativa al medio ambiente que se encuentre en poder de las autoridades públicas, sin que se desprenda, en este caso concreto, la existencia de datos sensibles que requieran confidencialidad.
19/01/2007
Cesión de datos de presuntos infractores en materia de medio ambiente
CNS 13/2006
L’accés a datos de carácter personal sin el consentimiento de l’afectat está expresamente reconocido por la ley reguladora de residuos, para atender otro derecho de relevancia constitucional como es la protección del medio ambiente. La autoridad que ejerce funciones de inspección y sanción puede acceder a los datos personales pertinentes, adecuados y no excesivos, pero el acceso a través del requerimiento a uno tercero es una medida restrictiva del derecho a la protección de datos, y se tendría que evitar, con carácter general.
01/01/2006
- ÁMBITO SECTORIAL
- Medio ambiente
- Procedimiento administrativo
- Procedimiento sancionador
- CONCEPTO DATO PERSONAL
- Datos sensibles
- Infracciones penales administrativas
- ENTIDADES
- Administración pública
- Administración local
- Ayuntamiento
- PRINCIPIOS
- Principio licitud
- Consentimiento
- TRANSPARENCIA
- Derecho acceso información
Total de páginas: 2